Información sobre la titulación oficial de Enfermería

  • Publicado el 24 de Febrero de 2010

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Con el fin de proporcionar una información que facilite el análisis y contenido del Real Decreto 450/2005 sobre Especialidades de Enfermería, se presentan algunos de los aspectos más destacados del mismo.

Con el fin de proporcionar una información que facilite el análisis y contenido del Real Decreto 450/2005 sobre Especialidades de Enfermería, se presentan algunos de los aspectos más destacados del mismo. Su entrada en vigor se produce el 7 de mayo de 2005.


Título de Enfermero Especialista


El Título de Especialista:

  • Es expedido por el Ministerio de Educación.
  • Tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
  • Es necesario para utilizar de forma precisa la denominación de Enfermero Especialista y para ejercer la profesión como especialista.
  • Es necesario para ocupar puestos de trabajo con denominación de Especialista en Centros y establecimientos públicos y privados.

 

El Real Decreto 450/2005 sobre Especialidades de Enfermería, establece las siguientes Especialidades de Enfermería:

 

  • Enfermería Obstétrico – Ginecológica (Matrona).
  • Enfermería de Salud Mental.
  • Enfermería Geriátrica.
  • Enfermería del Trabajo.
  • Enfermería de Cuidados Médico – Quirúrgicos.
  • Enfermería Familiar y Comunitaria.
  • Enfermería Pediátrica.

 

Asimismo, suprime las antiguas especialidades de Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados de Enfermería, que a continuación se detallan:

 

  • Neurología.
  • Urología y Nefrología.
  • Análisis Clínicos.
  • Radiología y Electrología.
  • Enfermería de Cuidados Especiales.
  • Pediatría y Puericultura.
  • Psiquiatría.
  • Asistencia Obstétrica ( Matrona).
  • Enfermería de Salud Comunitaria.
  • Gerencia y Administración de Enfermería.